El Gobierno oficializó este viernes el Decreto Supremo N.º 189-2025-EF, que desarrolla la Ley de Modernización del Sistema Previsional Peruano e intro
El Gobierno oficializó este viernes el Decreto Supremo N.º 189-2025-EF, que desarrolla la Ley de Modernización del Sistema Previsional Peruano e introduce cambios estructurales en la administración de pensiones.
La norma establece que, desde 2028, los trabajadores independientes que emitan recibos por honorarios quedarán obligados a realizar aportes a la ONP o AFP, medida que busca ampliar la cobertura previsional en el país.
Aportes obligatorios de trabajadores independientes
La tasa del aporte obligatorio de los trabajadores independientes al Sistema Nacional de Pensiones (SNP) y Sistema Privado de Pensiones (SPP) se aplica sobre la base imponible a partir del año 2028, como sigue:
Por los años 2028 y 2029: 2%
Por los años 2030 y 2031: 3%
Por los años 2032 y 2033: 4%
A partir del año 2034: 5%
La disposición representa un giro en la política de inclusión previsional, ya que hasta ahora el aporte de los independientes era voluntario y con escasa participación.
El decreto también obliga a afiliar de manera automática y digitalizada a los trabajadores desde los 18 años, centraliza procesos en plataformas interoperables y establece sanciones para las empresas que incumplan con la retención oportuna de los aportes.
Estos cambios no solo impactan en la gestión empresarial, sino que también demandan mayor información para los trabajadores sobre sus alternativas de jubilación.
Además, el Decreto Supremo N.º 189-2025-EF introduce un mecanismo innovador: aportes adicionales vinculados al IGV, con lo cual el Ejecutivo busca ampliar la base contributiva y garantizar sostenibilidad financiera del sistema.
Con estas disposiciones, el Ejecutivo pretende consolidar un sistema previsional más inclusivo y sostenible, que refuerce tanto la responsabilidad empresarial como la capacidad de los trabajadores de tomar decisiones informadas sobre su futuro pensionario a la ONP y las AFP.
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